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Las personas interesadas en obtener su registro como aspirantes a candidaturas independientes deberán hacerlo del conocimiento del Organismo en los plazos y términos que determine la Convocatoria, mediante el formato de manifestación de intención determinado para dicho fin. (ANEXO 1)

Por lo anterior se pone a disposición de la ciudadanía interesada el Sistema de Registro de Manifestación de Intención para ciudadanas y ciudadanos interesadas e interesados en participar como aspirantes a Candidaturas Independientes (REMICIN), para realizar el envío de manera electrónica.

La manifestación de intención de las ciudadanas y ciudadanos interesadas e interesados en participar como aspirantes a Candidaturas Independientes deberá cumplir con los requisitos previstos en los artículos 266, fracción III del Código Número 577 Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 8 y 9 del Reglamento para las Candidaturas a cargos de elección popular para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por lo cual te recomendamos contar con los siguientes requisitos antes de realizar el envío electrónico.

Requisitos


  • Copia certificada del Acta Constitutiva de la Asociación Civil, integrada al menos por quien aspire a la Candidatura Independiente, su representante legal y por la o el encargado de administrar los recursos de la Candidatura Independiente; el Acta deberá contener sus Estatutos, mismos que deberán estar apegados al Modelo Único de Estatutos (ANEXO 2).
  • Copia simple del documento que acredite el alta de la Asociación Civil ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
  • Original y copia simple para cotejo, de la documentación que acredite la apertura de tres cuentas bancarias. De conformidad con lo establecido en el artículo 266, fracción III Código Electoral Número 577 para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como, lo referido en el artículo 54, numeral 10 del Reglamento de fiscalización del INE, para los usos siguientes:
    • Primera cuenta, de acuerdo al Código Electoral, para recibir financiamiento público y privado.
    Y las otras dos cuentas, de conformidad con el artículo 54 párrafo 10 del Reglamento de Fiscalización del INE:
    1. a) CBAS: Recepción y administración de las aportaciones de simpatizantes.
    2. b) BAF: Recepción y administración de ingresos autofinanciamiento.
  • La designación de su representante legal y de la persona encargada del manejo de los recursos financieros y de la rendición de informes correspondientes.
  • La designación de un correo electrónico, así como de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones, el correo electrónico que designan deberá contar con la función de confirmación automática, quedando además vinculada en todo momento para ser notificada a través de los estrados electrónicos en el portal del OPLE Veracruz. Este requisito no se podrá omitir por ningún motivo en la solicitud.
  • Copia simple legible de la credencial para votar de las y los integrantes de la Asociación Civil.
  • Presentar autorización firmada por la o el representante legal de la Asociación Civil para que la Comisión y/o el INE, investigue el origen y destino de los recursos que se utilicen.
  • Carta firmada por la o el aspirante en la que acepta notificaciones vía correo electrónico sobre la utilización de la aplicación informática, así como para recibir información sobre el apoyo ciudadano entregado al OPLE Veracruz a través de dicha aplicación (ANEXO 3).
  • Formato para la o el Responsable de la Operación del Portal Web y Aplicación móvil (ANEXO 4).
  • Presentar en medio electrónico e impreso el emblema que se utilizará en la propaganda para obtener el apoyo de la ciudadanía, mismo que deberá contar con las características que se indican a continuación:
    • Software: Ilustrator o Corel Draw.
    • Tamaño: Que se circunscriba en un cuadrado de 5 X 5 cm.
    • Características de la imagen: Trazada en vectores.
    • Tipografía: No editable y convertida a vectores.
    • Color: Con guía de color indicando porcentajes y/o pantones utilizados.
    • El emblema no podrá incluir la fotografía, ni la silueta de la o el candidato independiente y, en ningún caso, podrá ser similar al de partidos políticos nacionales o locales, ni al logo institucional del OPLE Veracruz.
    • Entregarse en formato JPG, PNG, JPEG o GIF, con un tamaño máximo de 150 kb.

Al momento de presentar la manifestación de intención, la o el ciudadano podrá solicitar por escrito el régimen de excepción, referido en el artículo 20 del Reglamento para las candidaturas del OPLE Veracruz, en el caso de que se presenten impedimentos derivados de las condiciones de marginación o vulnerabilidad que hagan materialmente imposible recabar el apoyo de la ciudadanía mediante la aplicación móvil, consultar el listado de municipios aprobados por el Consejo General, derivado del grado de marginación (ANEXO 6). Para el caso de aquellas zonas geográficas en donde la autoridad competente haya declarado situación de emergencia por desastres naturales que impidan el funcionamiento correcto de la aplicación móvil. Para ello, deberá exponer los argumentos que considere necesarios, así como el área geográfica correspondiente, a efecto de que el Consejo General esté en posibilidad de analizar la petición y resolver al respecto de cada caso en particular.

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